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Requisitos e información a la hora de emitir una factura
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Mar 16, 2010

Hola! (desde el otro lado del "charco"),

Soy Gastón, programador de ProZ.com, desde la oficina de Argentina.
Ando sumergido en la tarea de crear una plantilla que sirva como punto de partida para aquellos traductores que quieren emitir facturas a sus clientes desde españa.

Me pasé algunas horas leyendo, y cada minuto que pasa siento que estoy un poco mas perdido (será posible?).

Encontré esta página (entre otras tantas) donde explican los datos
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Hola! (desde el otro lado del "charco"),

Soy Gastón, programador de ProZ.com, desde la oficina de Argentina.
Ando sumergido en la tarea de crear una plantilla que sirva como punto de partida para aquellos traductores que quieren emitir facturas a sus clientes desde españa.

Me pasé algunas horas leyendo, y cada minuto que pasa siento que estoy un poco mas perdido (será posible?).

Encontré esta página (entre otras tantas) donde explican los datos que tienen que estar presentes en la factura:

http://www.serautonomo.net/requisitos-de-la-factura-electronica.html

* Núm. Factura
* Fecha expedición
* Razón Social emisor y receptor
* NIF emisor y “receptor”
* Domicilio emisor y receptor
* Descripción de las operaciones (base imponible)
* Tipo impositivo
* Cuota tributaria
* Fecha prestación del servicio (si distinta a expedición)

Aunque, quiero confirmar con ustedes a ver si estos datos son correctos y si tienen que presentarse de alguna manera (gráfica) especial para que la factura sea válida.

Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera.

Estaba leyendo justamente que muchos tenían dudas de facturación, y que las leyes y regulaciones cambian a menudo, asi que cree una página en la wiki para que les interese el tema, podamos llevar el artículo actualizado y sea mas fácil.

http://wiki.proz.com/wiki/index.php/Invoicing_requirements_for_Spain/es

Con esta información, podría generar una plantilla para que pueda usarse en formato HTML o PDF.

Que les parece?

Un saludo desde ARG!
Gastón
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Esta factura tiene todos los datos necesarios? Mar 16, 2010

He creado una factura imaginaria, que podría ponerla en la wiki como referencia, pero antes me gustaría confirmar con ustedes para ver si me faltó algo.

Factura de prueba

Le falta algo?


 
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Gastón, espera ver julio de 2010 Mar 17, 2010

que cambia el IVA.

 
Monika Jakacka Márquez
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Unas cuantas correcciones Mar 17, 2010

Hola Gastón,

Te copio un recopilatorio que hice hace tiempo para una compañera, indicando las condiciones que debe cumplir una factura emitida en España:


Los datos que deben aparecer en la factura son los siguientes:

mi nombre y apellido
mi domicilio fiscal
mi NIF

número de la factura (todas las facturas emitidas deben... See more
Hola Gastón,

Te copio un recopilatorio que hice hace tiempo para una compañera, indicando las condiciones que debe cumplir una factura emitida en España:


Los datos que deben aparecer en la factura son los siguientes:

mi nombre y apellido
mi domicilio fiscal
mi NIF

número de la factura (todas las facturas emitidas deben ser numeradas)
fecha de la emisión de la factura

datos del cliente (Nombre y apellido o razón social, dirección, teléfono,NIF/CIF; en ocasiones el cliente desea que se incluya p.ej. el nombre del Project Manager)

datos del encargo (traducción, interpretación, revisión...; números de referencia o de purchase order emitida por el cliente; nombre del archivo, etc.)
número de palabras o horas
precio aplicado (X eur/palabra o x eur/hora, etc.)

base imponible (suma de precios de lo arriba descrito)

[Si emites facturas para España (península):
+ IVA (los servicios de traducción e interpretación se gravan con 16% de IVA)
- IRPF (-7% en el año del primer ejercicio como autónoma y en 2 años fiscales siguientes ó -15% en los años restantes; puedes aplicar -15% desde principio, si lo deseas).]

Total (base imponible + IVA - IRPF)

Modalidad de pago (p.ej. ingreso a cuenta bancaria número XXX)

------------

Ahora bien:


  • Si el cliente es empresa/autónomo español (península + Baleares):
    + 16% de IVA
    - 7% ó 15 % de IRPF

  • Si el cliente es un particular español (península + Baleares):
    + 16% de IVA
    - 0% de IRPF

  • Si el cliente es empresa/autónomo español (Canarias):
    + 0% IVA
    - 7% ó 15% de IRPF

  • Si el cliente es un particular español (Canarias):
    + 0% IVA
    - 0% de IRPF

  • Si el cliente es extranjero de UE:
    Debe darte el VAT no. (un número NIF/CIF internacional). Puedes comprobar la validez de este número aquí:
    http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/vieshome.do

    Si lo hace:
    + 0% IVA
    - 0 % de IRPF
    Si no lo hace:
    + 16% IVA
    - 0% de IRPF

  • Si el cliente es extranjero pero no es de UE:
    + 0% IVA
    - 0 % de IRPF




Ya sé que son muchas cositas para tener en cuenta, de ahí que te pongo unas cuantas observaciones en cuanto al modelo que preparaste:

1. En España diferenciamos entre NIF (Núm. de Identificación Fiscal - para personas) y CIF (Código de Indetificación Fiscal - para empresas). Entre los datos del emisor de la factura casi con toda la seguiridad aparecerá el NIF, mientras que el cliente (dependiendo de si es una persona o una empresa) dispondrá de un NIF o de un CIF. Lo más sencillo sería cambiarlo por: NIF/CIF y ya está

2. En ocasiones algunos clientes pueden pedirte que entre los datos del cliente (campo "Facturar a") se incluya también el nombre del Project Manager, de ahí que habría que posibilitar la indicación del mismo.

3. Formato de la fecha: suele ser el siguiente "dd/mm/aaaa" o "[día] de [nombre del mes] de [año]", ejemplos: 15/03/2010 ó 15 de marzo de 2010.

4. El importe de IVA es actualmente de 16%, pero el 1 de julio de 2010 pasa a ser de 18%.

5. El importe de la retención del IRPF es de 7% (en el primer año del ejercicio y 2 años siguientes) o de 15% (después de ese período inicial).

6. Faltan datos sobre la modalidad de pago (ejemplos: transferencia bancaria con la indicación del número de cuenta corriente - también varias líneas, por si es necesario indicar los números internacionales: IBAN, BIC/SWIFT...; PayPal o lo que sea...).


La verdad es que no se me ocurren más cosas...



Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera



La verdad es que no entiendo bien a lo que te refieres. No suelo usar ningún procedimiento especial para enviar las facturas. Sólo las exporto a un PDF y se las mando al cliente.

Si tienes más preguntas, no dudes en planteárnoslas

Saludos,

M.
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Gracias por sus indicaciones Mar 17, 2010

Parrot, Monika,

Gracias a ambas por sus indicaciones!
Agregaré esos datos a la wiki y trataré de crear un nuevo PDF que cumpla con los requisitos que me planean. (Esto es un curso rápido de contaduría!).

Ni bien haga los cambios se los haré saber.

Gracias nuevamente!
Gas


 
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Sobre el archivo .f64 Mar 17, 2010




Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera



La verdad es q... See more



Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera



La verdad es que no entiendo bien a lo que te refieres. No suelo usar ningún procedimiento especial para enviar las facturas. Sólo las exporto a un PDF y se las mando al cliente.

Si tienes más preguntas, no dudes en planteárnoslas

Saludos,

M.


En cuanto a esto, aparentemente la única forma de que una factura enviada electrónicamente tenga validez legal, tiene que ser enviada junto a un archivo .f64 que otorga "La Hacienda" que sirve para verificar que la factura enviada existe y es la misma que le has enviado via PDF (como se le ha hayas enviado).
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Una pregunta sobre IVA y IRPF Mar 17, 2010

Monika, una preguntita rápida:

El IVA y IRPF se calculan en base al cliente y no al que emite? Esto es siempre asi (sea el emisor sea autónimo o empresa)?

Gracias por anticipado.
Gas


 
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Otra pregunta, como calcular el IRPF. Mar 17, 2010

Hola por ahí,

Mientras hacía una factura de prueba, llegué a la duda de como se calcula el IRPF.

Basado en lo que dijo Monika,



Total (base imponible + IVA - IRPF)



El IRPF se calcula sobre la base imponible? o se calcula sobre (base imponible + IVA)

Para hacer mas clara
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Hola por ahí,

Mientras hacía una factura de prueba, llegué a la duda de como se calcula el IRPF.

Basado en lo que dijo Monika,



Total (base imponible + IVA - IRPF)



El IRPF se calcula sobre la base imponible? o se calcula sobre (base imponible + IVA)

Para hacer mas clara mi duda, pongo un ejemplo:

Base imponible = 200€
IVA = el +16% de 200€ = 32€
IRPF = el -7% de 200€ (base imponible)? o el -7% de 232€ (base imponible + IVA) ?

Gracias por anticipado al que pueda ayudarme

Gastón
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Catherine Rousseau (X)
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Cálculo del IRPF Mar 17, 2010

Tanto el IRPF como el IVA se calculan sobre la base imponible.
En el ejemplo concreto que das, sería:

Base imponible = 200€
IVA = el +16% de 200€ = 32€
IRPF = el -7% de 200€ = 14€

Total factura: 200 + (32 - 14) = 200 + 18 = 218€

En julio, por lo visto, habrá que sumar el 18% en vez del 16€ actual...

Buenas noches a todos.
Cathy


 
Monika Jakacka Márquez
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Más respuestas... Mar 18, 2010

l Gaston l wrote:




Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera



La verdad es que no entiendo bien a lo que te refieres. No suelo usar ningún procedimiento especial para enviar las facturas. Sólo las exporto a un PDF y se las mando al cliente.

Si tienes más preguntas, no dudes en planteárnoslas

Saludos,

M.


En cuanto a esto, aparentemente la única forma de que una factura enviada electrónicamente tenga validez legal, tiene que ser enviada junto a un archivo .f64 que otorga "La Hacienda" que sirve para verificar que la factura enviada existe y es la misma que le has enviado via PDF (como se le ha hayas enviado).


Pues la verdad es que es la primera vez que lo oigo...



Monika, una preguntita rápida:

El IVA y IRPF se calculan en base al cliente y no al que emite? Esto es siempre asi (sea el emisor sea autónimo o empresa)?



El IVA - Sí, tal y como lo he comentado en el primer post.

El IRPF - Sí/no. Lo único que depende del que emite la factura es el importe (7% ó 15%, según el tiempo que lleva ejerciendo, pero siempre teniendo en cuenta sólo el primer ejercicio). Por otra parte, la retención del IRPF sólo se practica en caso de empresas o autónomos españoles, porque sólo ellos pueden "pasarla" a la Hacienda (Agencia Tributaria).




El IRPF se calcula sobre la base imponible? o se calcula sobre (base imponible + IVA)



Tal y como lo comenta Cathy, los importes del IVA y del IRPF se calculan siempre sobre la base imponible.


Saludos,
M.


 
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Muchas gracias por las respuestas. Mar 18, 2010

Cathy y Monika,

Gracias a ambas por las respuestas. Voy a documentar esto del IVA y IRPF en la wiki, para que quede claro que ambos se calculan sobre la base imponible.

Creo que la guía da una buena referencia de cómo crear una factura, y espero que esta sea de ayuda para los que recién empiezan en la industria de la traducción.

La página wiki (para los que no saben) puede ser editada por cualquiera que desee hacerlo, asi que los invito a ello. Por e
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Cathy y Monika,

Gracias a ambas por las respuestas. Voy a documentar esto del IVA y IRPF en la wiki, para que quede claro que ambos se calculan sobre la base imponible.

Creo que la guía da una buena referencia de cómo crear una factura, y espero que esta sea de ayuda para los que recién empiezan en la industria de la traducción.

La página wiki (para los que no saben) puede ser editada por cualquiera que desee hacerlo, asi que los invito a ello. Por ejemplo en Julio cuando cambie el IVA, y todo lo que deseen agregar/cambiar/borrar en pos de mejorar la referencia.

Gracias nuevamente por darme una mano (y a varios traductores mas de seguro!).

Un saludo desde Argentina!
Gastón
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IRPF: otro punto Mar 20, 2010

Monika Jakacka wrote:

El IRPF - Sí/no. Lo único que depende del que emite la factura es el importe (7% ó 15%, según el tiempo que lleva ejerciendo, pero siempre teniendo en cuenta sólo el primer ejercicio). Por otra parte, la retención del IRPF sólo se practica en caso de empresas o autónomos españoles, porque sólo ellos pueden "pasarla" a la Hacienda (Agencia Tributaria).


Es el 7% para los nuevos y el 15% para los que llevan más de X años ejerciendo (no estoy segura de cuantos, cuando se implementó esa reforma ya no había vuelta atrás para mí).

Se practica en el caso de autónomos (comprueba otra vez lo que pagan las empresas).

Pero además, hay autónomos con clientes extranjeros que les proporciona regularmente más del 30% de sus ingresos. Estos declaran el IRPF al 20% en modelo aparte (no en las facturas).


 
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Monika Mar 20, 2010

Monika Jakacka wrote:

l Gaston l wrote:




Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera



La verdad es que no entiendo bien a lo que te refieres. No suelo usar ningún procedimiento especial para enviar las facturas. Sólo las exporto a un PDF y se las mando al cliente.

Si tienes más preguntas, no dudes en planteárnoslas

Saludos,

M.


En cuanto a esto, aparentemente la única forma de que una factura enviada electrónicamente tenga validez legal, tiene que ser enviada junto a un archivo .f64 que otorga "La Hacienda" que sirve para verificar que la factura enviada existe y es la misma que le has enviado via PDF (como se le ha hayas enviado).


Pues la verdad es que es la primera vez que lo oigo...


El .f64 es la firma digital. La obtienes, o registrándote en Hacienda (DNI viejo/empresas), o bien a través del portal del DNIe.

Siempre ha sido un requisito en España, aunque había (y sigue habiendo) empresas que admiten facturas-e sin .f64 (teniéndolo ellas, eso sí, como requisito para trabajar con facturas-e), en base a la confianza. En el extranjero, sin embargo, la factura-e es casi obligatoria, dado lo que puede pasar al correo normal. Además, se especifica PDF u otro formato inalterable. Hasta la fecha no han exigido el .f64, pero pronto llegaremos a ese punto.

Saludos.

[Edited at 2010-03-20 11:50 GMT]


 
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Ahhh... Mar 22, 2010

Parrot wrote:

Monika Jakacka wrote:

l Gaston l wrote:




Por otro lado, me encontré con el tema de la "firma digital" (un archivo .f64) que es necesario emitir y enviar al cliente (receptor) que comprueba que la factura que le estoy enviando es verdadera



La verdad es que no entiendo bien a lo que te refieres. No suelo usar ningún procedimiento especial para enviar las facturas. Sólo las exporto a un PDF y se las mando al cliente.

Si tienes más preguntas, no dudes en planteárnoslas

Saludos,

M.


En cuanto a esto, aparentemente la única forma de que una factura enviada electrónicamente tenga validez legal, tiene que ser enviada junto a un archivo .f64 que otorga "La Hacienda" que sirve para verificar que la factura enviada existe y es la misma que le has enviado via PDF (como se le ha hayas enviado).


Pues la verdad es que es la primera vez que lo oigo...


El .f64 es la firma digital. La obtienes, o registrándote en Hacienda (DNI viejo/empresas), o bien a través del portal del DNIe.

Siempre ha sido un requisito en España, aunque había (y sigue habiendo) empresas que admiten facturas-e sin .f64 (teniéndolo ellas, eso sí, como requisito para trabajar con facturas-e), en base a la confianza. En el extranjero, sin embargo, la factura-e es casi obligatoria, dado lo que puede pasar al correo normal. Además, se especifica PDF u otro formato inalterable. Hasta la fecha no han exigido el .f64, pero pronto llegaremos a ese punto.



Gracias, guapa. Ahora todo me queda más claro. El certificado digital lo uso desde hace mucho tiempo, pero nunca lo vinculé a las facturas...

Bss,
M.


 
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Sobre IRPF, gracias Parrot Mar 22, 2010

Parrot wrote:

Monika Jakacka wrote:

El IRPF - Sí/no. Lo único que depende del que emite la factura es el importe (7% ó 15%, según el tiempo que lleva ejerciendo, pero siempre teniendo en cuenta sólo el primer ejercicio). Por otra parte, la retención del IRPF sólo se practica en caso de empresas o autónomos españoles, porque sólo ellos pueden "pasarla" a la Hacienda (Agencia Tributaria).


Es el 7% para los nuevos y el 15% para los que llevan más de X años ejerciendo (no estoy segura de cuantos, cuando se implementó esa reforma ya no había vuelta atrás para mí).

Se practica en el caso de autónomos (comprueba otra vez lo que pagan las empresas).

Pero además, hay autónomos con clientes extranjeros que les proporciona regularmente más del 30% de sus ingresos. Estos declaran el IRPF al 20% en modelo aparte (no en las facturas).

Hola Parrot,

Gracias por tomarte el tiempo y dejar tu mensaje.

A ver si entendí bien (sobre IRPF):

* El 7% (o 15%) es para caso de autonomos trabajando con clientes en el país.
* Las empresas puede (hay que comprobar) que tengan otros valores para IRPF.
* Los autónomos con clientes extranjeros se maneja diferente.

Esto es correcto?


 
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